
14 de Enero de 2012
Un juez de Torrevieja inhabilita a la acusada para ejercer de madre durante ocho años por un delito de sustracción de menores
TRIBUNALES
La detención la semana pasada de Claudia L.P. , una ciudadana estadounidense buscada por la Interpol por sacar de ese país a su hija de 2 años, ha vuelto a colocar el foco sobre la sustracción internacional de menores, un delito que enfrenta con los tribunales de esta provincia cada año a una decena de personas, según las estimaciones oficiales. Casos mediáticos como los de la valenciana María José Carrascosa, encarcelada en Estados Unidos, o la alicantina Lucía Poveda, reclamada por República Dominicana, han dado relieve al fenómeno. Este diario ha tenido acceso a una sentencia reciente por esta infracción penal, que está perseguida en todo el mundo merced a un convenio internacional firmado en La Haya. La resolución, dictada el pasado 10 de octubre por el Juzgado de lo Penal 2 de Orihuela, que tiene su sede en Torrevieja, ha llevado a la cárcel y a la pérdida de la patria potestad a una ciudadana rusa.
El magistrado Joaquín María Coromina ha impuesto tres años de prisión y ocho de inhabilitación para ejercer de madre a Irina Putilova por marcharse de España con su hija y separarla así durante 33 meses del padre, que tenía otorgada judicialmente la custodia por un auto de medidas provisionales.
La sentencia ha sido recurrida por la abogada de la defensa, Mariana Ivanov, porque no concreta la fecha de salida de su cliente del país -«sin determinar», apunta-, de modo que, en opinión de esta parte, el juez debería haber aplicado el principio 'in dubio pro reo' (en caso de duda, a favor del reo).
El magistrado explica que el delito de sustracción de menores «ni siquiera exige expresamente el incumplimiento grave del deber establecido por resolución judicial», ni tampoco que exista «una advertencia previa de las consecuencias penales de su incumplimiento». Basta que el sospechoso «tenga conocimiento, por el medio que fuere», de la citada resolución.
La que debía cumplir Irina fue emitida por el Juzgado de Instrucción 1 de Torrevieja el 27 de enero de 2009 y le prohibía expresamente «sacar del territorio nacional a la menor» , a la vez que concedía la custodia al padre y fijaba un régimen de visitas para ella.
El juez Coromina considera probado que la mujer se marchó «a principios» de ese mismo año de España y se estableció en la localidad rusa de Perm, lo que impidió a su ex compañero sentimental mantener cualquier contacto con la niña durante 33 meses. Precisamente, hasta el día del juicio, el 27 de septiembre de 2011. Tampoco consta que el progenitor recibiera información alguna de la menor durante todo ese tiempo.
Ella ha mantenido durante todo el proceso que se fue antes de que se dictase el auto en el proceso de separación. Incluso en la instrucción, aseguró que podía probarlo porque debía figurar en su pasaporte el sello de salida.
El juez de Torrevieja alega que no tiene «constancia fehaciente alguna» de esa circunstancia y recuerda, además, que Irina no compareció a la vista donde se dictó la resolución de medidas provisionales.
Ya en posteriores declaraciones, admitió que se había marchado porque el padre «no se encargaba de su hija», no había llegado a un acuerdo en la separación y ella no quería, por tanto, que viera a la menor, que tiene ahora cuatro años.
Esas manifestaciones muestran «un comportamiento continuado en el tiempo de evidente obstaculización en las relaciones padre-hija», señala el magistrado. Según su dictamen, «con independencia de si contaba o no con la custodia de la menor antes del auto (...), y aun de no haber llegado a tener conocimiento del mismo», debe concluirse que pretendía con su actitud «separar a hija y padre e impedir que éste pudiera comunicarse con ella».
El juez considera creíble la versión expuesta por el hombre, al que vio con una «visible afectación» y añade que el bien jurídico protegido por el Código Penal es la «el derecho del menor a relacionarse regularmente con sus dos padres en casos de crisis familiar».
La procesada, que ya estaba en prisión preventiva por esta causa, sigue entre rejas tras el fallo y deberá indemnizar al denunciante con 150 euros por cada mes de los 33 que le impidió ver a la niña.
Su abogada, Mariana Ivanov, ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial al considerar que el magistrado ha invertido la carga de la prueba y obliga a la acusada a «demostrar su inocencia». En su recurso, la letrada sostiene que no hay delito alguno porque no se había dictado el auto todavía cuando Irina abandonó el país.
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